Misiones habilitó reuniones sociales en espacios públicos de hasta 10 personas

POLÍTICA - SALUD - SOCIEDAD
Hace 5 años Noticias Provinciales

Vía Decreto 1334/2020, el Gobierno de la Provincia se adhiere a la habilitación dispuesta por el Gobierno nacional y en Misiones, desde este martes 1 de septiembre, se permiten las reuniones sociales al aire libre, con un máximo de 10 integrantes por grupo.

El protocolo incluye una distancia social de 2 metros como mínimo entre personas y el uso de tapabocas. La decisión a partir de ahora, le cabe a cada municipio y a sus respectivas autoridades.

La normativa está publicada en el Boletín Oficial y refiere que los encuentros deben ser en espacios o de acceso públicos al aire libre y el protocolo del caso determina una distancia mínima de dos metros entre personas,  el uso de tapabocas y un estricto cumplimiento a las normativas de actividades y de las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias respectivas.

Dicho Decreto asimismo dice que, a partir de ahora, los municipios, serán los que deberán decidir si hacen uso o no de la habilitación. En caso de hacerlo, tienen que fijar protocolos sanitarios y condiciones reglamentarias para la realización de las reuniones autorizadas.

Como con todas las actividades que se rehabilitaron, cada intendente puede establecer reglamentaciones especiales para la realización de los encuentros, previa aprobación del Gobierno provincial.

(Foto: Ojo de Prensa)

-Qué dice el Decreto del PEN

En el ámbito nacional, esta autorización quedó oficializado el pasado lunes 31 de agosto, con la publicación del DNU 714/2020 que establece las nuevas condiciones del distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus.

En el Artículo 26, dicha normativa estable que estas reuniones, se pueden realizar en “espacios públicos o de acceso público al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros y utilicen tapabocas” deben darse, además, en “estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacional”.

También aclara que, “no podrá utilizarse el servicio público de pasajeros de colectivos, trenes o subtes”, que sigue reservado para uso exclusivo de trabajadores y trabajadoras esenciales.

La forma en la que se implementarán estos encuentros, serán reglamentados por «los gobernadores y las gobernadoras de provincia y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes dictarán las correspondientes normas reglamentarias.

Además, en atención a “las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo» de cada distrito podrán «determinar uno o algunos días para ejercer este derecho, limitar su duración, determinar los lugares habilitados para ello y, eventualmente, suspenderlo con el fin de proteger la salud pública”

(Fotos de portada y encabezamiento de columna:La Nación)

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