La
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), estableció nuevos
requisitos que se tendrán en cuenta cuando el Gobierno oficialice el pago del
cuarto bono del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Según indicaron desde el
organismo, se continuará entregando hasta que la pandemia de coronavirus
COVID-19 deje de “tener un efecto sobre los ingresos de las familias”.
La
vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca, puntualizó que el pago del bono del IFE
4 “se está discutiendo, pero la instrucción que viene del Presidente, Alberto
Fernández, el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero en conjunto con el ministro de
Economía, Martín Guzmán”. Y aclaro que “si
los miembros del Gabinete ven que la pandemia sigue teniendo un efecto muy
fuerte sobre el ingreso de las familias, deberán continuarlo”.
Sin
embargo, adelantó que lo que puede llegar a ocurrir durante el pago del cuarto
IFE, es que algunos de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo
(AUH) queden sin cobrar el bono. La persona que la percibe pierde la prestación
en el caso que él o los hijos hayan cumplido la mayoría de edad. En ese caso,
dejará de cobrar la AUH y por lo tanto, el IFE.
Sobre
los jubilados que hayan cobrado el bono de $10.000 durante este último período
pero que ahora ingresaron a cobrar la prestación por jubilación, no accederán a
la cuarta entrega.

-Estos son
los requisitos para cobrar el IFE:
-Estar
desocupado/a
-Estar
trabajando en la economía informal
-Ser
monotributista inscripto/a en la categoría “A” o “B”
-Ser
monotributista social
-Ser
trabajador/a de casas particulares
-Ser
argentino/a, nativo/a o naturalizado/a
-Tener
residencia legal en el país no inferior a dos (2) años contados desde la fecha
de esta solicitud.
-Tener entre
18 y 65 años.
-No convivir con
mis padres en caso de ser menor a 25 años.
-No estar
registrado/a como monotributista en la categoría “C” o una categoría superior,
y no estar registrado/a en el régimen de autónomos.
-No tener
miembro/s de mi grupo familiar registrado/s como monotributista/s en la
categoría “C” o una categoría superior ni registrado/s en el régimen de
autónomos.
-No
encontrarme privado/a de la libertad, bajo cualquier modalidad.

-NO acceden al cobro:
-Trabajadores
en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
-Quienes
tengan prestación por desempleo.
-Jubilaciones,
pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean
nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
-Planes
sociales, salario social complementario, los programas “Hacemos Futuro”,
“Potenciar Trabajo” u otros programas sociales nacionales, provinciales o
municipales (Nota: quedan exceptuados los ingresos provenientes de la
Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR).
Esta semana
se incluyeron dos requisitos: personas presas de su
libertad y menores de 25 con mismo domicilio que sus padres.
(Fuente: TN y Radio Mitre)