La maratónica
jornada de la Cámara Baja, con unos cien oradores, tuvo como punto clave, la
inclusión histórica y sin precedentes de un pedido formulado por la Misiones, que
refiere la creación de una zona aduanera especial exenta de impuestos
nacionales.
Ahora
la iniciativa será debatida por el Senado nacional, en donde se descuenta que
también será aprobada y promulgación mediante, entrará en vigencia el 1 de
enero del venidero ejercicio.
Para
la Provincia, lo relevante está en la inclusión del Artículo 124°, que le da al
Poder Ejecutivo Nacional la posibilidad de crear zonas aduaneras en provincias
limítrofes.
Implica
que Misiones en su totalidad o gran parte de su territorio, pueda ser declarada
zona aduanera especial, por lo que las distintas actividades económicas
realizadas en el distrito, accederán a beneficios impositivos.
Este
tipo de diferenciación en cuanto a los impuestos nacionales es un histórico
pedido de la Provincia a los distintos gobiernos nacionales; debido a la
extensa frontera internacional con Brasil y Paraguay. En este marco, Misiones
ha visto a lo largo de los años, cómo se acumularon asimetrías económicas y
financieras.
La
larga negociación fue llevada a cabo por el conductor del Frente Renovador,
Carlos Eduardo Rovira; el Gobernador de la Provincia, Oscar Herrera Ahuad; así
como la participación del ministro de Hacienda, Adolfo Safrán y los diputados
nacionales Ricardo Wellbach, Diego Sartori y Flavia Morales. La propuesta fue
presentada al Presidente Fernández, al ministro Guzmán y al titular de la
Cámara baja, Sergio Massa.
En
un primer momento se planteó la intención de declarar solamente a Misiones,
como Zona Aduanera Especial, luego se expuso que todo el NEA sea considerado de
esa manera para finalmente, en medio de febriles negociaciones paralelas a la
discusión del Presupuesto general, facultar al PEN para que defina qué zonas
deben tener este beneficio.
El
legislador misionero Ricardo Wellbach, destacó el “trabajo en equipo, guiado por el ingeniero Rovira” y consideró un “momento histórico para Misiones”. Además,
mencionó que “durante la madrugada aún
estuvimos resolviendo cosas en reunión de interbloque, el diálogo con otros
gobernadores y diputados nos permitió lograr un texto consensuado”. El
diputado nacional enfatizó que la Provincia tiene un rumbo trazado: “tenemos muy claro lo que queremos, no es
solamente que haya localidades, sino que hayan actividades que tengan que ver
con esta eximición de impuestos y cuestiones aduaneras e impositivas que
favorezcan a nuestra sociedad”.
-El Gobernador de Misiones, Oscar
Herrera Ahuad, se expresó a través de su cuenta de Twitter:
Por
su parte, el ministro de Hacienda de Misiones, Adolfo Safrán, consideró que “es un día histórico para la provincia porque
no solamente hemos puesto en agenda nacional un tema que nos interesa a todos
los misioneros, sino que hemos logrado avanzar en esa agenda al haber
conseguido la aprobación mayoritaria de la Cámara de Diputados de la Nación con
la inclusión de un artículo de la Ley de Presupuesto”. Y destacó: “esto muestra a las claras que la Renovación
es escuchada a nivel nacional y puede plantear con seriedad temas que son de
interés para los misioneros”.
“El planteo de la Provincia ha sido
siempre que sea para todo el territorio, como se ha comprometido la Nación,
para todas las actividades, y para la mayor parte de los tributos. Esto
significa que los productos que entren a Misiones van a ser libres de impuestos
nacionales. Esto va a generar una importante merma en el precio de los
productos que hoy se comercializan dentro del territorio dado que la carga
impositiva nacional es la más importante. Permitirá que el comercio misionero
pueda competir mejor tanto con Paraguay como con Brasil, con lo cual eliminamos
la cuestión de las asimetrías”, manifestó.
Para
el ministro la medida generará“una importante ola de inversiones de empresas que quieran venir a
Misiones a invertir para poder exportar, para poder producir y de esa manera
generar fuentes de trabajo”. Finalmente, señaló que la incorporación de este
artículo “es un nuevo punto de inflexión en lo que es la senda del crecimiento
de la provincia de Misiones. A pesar de todas las adversidades, no somos la
octava economía del país por casualidad”.

-ARTICULO
124 de la Ley de Presupuesto:
Facúltese al Poder
Ejecutivo nacional para que a través de los Ministerios de Economía y de
Interior:
a) Pueda
constituir Áreas Aduaneras Especiales -en los términos del Código Aduanero, ley
22.415- en zonas geográficas de distintas regiones donde se verifique el
comercio bilateral con países limítrofes.
b) Autorice
la extensión de las Zonas Francas habilitadas en regiones donde se verifique
comercio bilateral con países limítrofes, en los términos de los artículos 37 y
39 de la ley 24.331, no resultando aplicables -a estos efectos- las
limitaciones y condiciones previstas en el artículo 2° de dicha ley.
A los efectos
de lo previsto en el artículo 9° de la ley 24.331, se considera operaciones de
comercio al por menor a toda enajenación realizada a persona humana no
instalada en la Zona Franca que adquiera mercaderías en cantidades sin fines
comerciales o industriales. La Autoridad de Aplicación determinará,
considerando cuestiones socioeconómicas y regionales de cada Zona Franca, las
mercaderías que pueden ser objeto de esas operaciones sin dichos fines.
Asimismo, tales operaciones de comercio al por menor requerirán de un
procedimiento simplificado relativo al ingreso y egreso de la mercadería tanto
a la Zona Franca como al Territorio Aduanero General y no les serán aplicables
las prohibiciones de carácter económico, ni las intervenciones previas de
terceros organismos que rigen para el Régimen General de Importación. A tal
fin, resultan aplicables el régimen de “Tiendas Libres” previsto en la ley
22.056 y sus normas reglamentarias, correspondiendo un tributo del CINCUENTA
POR CIENTO (50%) a los excedentes de la franquicia que establezca la autoridad
de aplicación.
Asimismo, la
importación al Territorio Aduanero General de la mercadería adquirida dentro de
la Zona Franca se encuentra exenta del pago de tributos que los graven dentro
de los valores de la franquicia que establezca la Autoridad de Aplicación. Para
el caso de importación de vehículos automotores bajo este régimen, la misma
podrá́ ser efectuada exclusivamente por titulares del grupo familiar
conviviente que acrediten debidamente residencia definitiva en la Provincia
respectiva, quienes podrán adquirir un vehículo automotor dentro de este
régimen cada CINCO (5) años contados a partir de la fecha de su patentamiento.
La exención referida podrá quedar únicamente limitada a los valores CIF máximos
por unidad vehicular establecidos por la Autoridad de Aplicación.
(Fuentes: RMM y Misiones On Line)