El Gobierno nacional,
a través de Migraciones, ha habilitado el ingreso para aquellas personas de otras
nacionalidades que no requieran visado para entrar a la Argentina. La medida
fue anunciada a través de la Disposición 3763/2020, publicada este lunes 30 de
noviembre en el Boletín Oficial
Esta
medida autoriza el ingreso al país de extranjeros no residentes que sean
familiares directos de ciudadanos argentinos y es en el marco de las
flexibilizaciones que el Gobierno viene tomando en estos días.
El
documento, firmado por la directora nacional de Migraciones, Maria Florencia
Carignano, precisó que esta habilitación es solamente para aquellas personas
que necesiten entrar “transitoriamente” y
“por razones de necesidad”.
Además,
el visitante deberá ser de alguna nacionalidad que “no requiera visado en virtud de acuerdosbilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito”
y deberá cumplir con “las recomendaciones
e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria” local.

En
todos los casos en que se cumpla con esas condiciones, los extranjeros tendrán
autorización para utilizar “en forma
excepcional” varios medios para el ingreso: el aeropuerto internacional de
Ezeiza, el de San Fernando, el puerto de la terminal de Buquebus y los cruces
fronterizos Paso de los Libres – Uruguayana, Sistema Cristo Redentor, San
Sebastián y Gualeguaychú - Fray Bentos.
Antes
de viajar, los interesados tendrán que completar la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”
que está disponible en el sitio oficial de Migraciones y adjuntar una
constancia de test PCR con resultado negativo con un máximo de 72 horas de
anticipación.
También
estarán obligados a acreditar la adquisición de un seguro de asistencia médica
que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19, por
cualquier eventualidad que pudiera surgir durante su estadía en la Argentina.
Al
momento de abordar el avión o de llegar al paso fronterizo, los extranjeros
deberán presentar, además de los documentos ya mencionados, “certificado de nacimiento, matrimonio o de
convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que
compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI
argentino del familiar a quien precisa visitar y reserva de pasajes”.
Por
último, las autoridades locales les exigirán al momento del ingreso una “nota de solicitud donde se explique
brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde
se hospedará y toda otra información relevante que sea requerida”.

-REQUISITOS Generales
La Dirección
Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del ministerio del Interior, informa
que se encuentran vigentes las disposiciones y requisitos para el ingreso al
país de los argentinos, nativos y extranjeros provenientes de los países
limítrofes, que incluyen la obligatoriedad de presentar una Declaración Jurada
electrónica, 48 horas previas al viaje, donde se consigna la ausencia de
síntomas compatibles al COVID-19.
La
DNM reiteró además que las únicas personas habilitadas para ingresar o salir
del país, desde y hacia cualquier lugar del mundo, son argentinos nativos y
extranjeros residentes en Argentina, quienes pueden hacerlo a través del
Aeropuerto Internacional de Ezeiza, en el tránsito con Uruguay por la terminal
Buquebús del puerto, o bien con los países fronterizos mediante los cuatro
pasos terrestres habilitados.
En
tanto, por razones turísticas sólo pueden ingresar los extranjeros nativos o
con residencia en países limítrofes. Actualmente, están habilitados los arribos
provenientes de Chile, Brasil, Bolivia y Paraguay exclusivamente por vía aérea.
Los turistas de Uruguay pueden ingresar por vía aérea y fluvial.

-Los visitantes deberán:
-Presentar una
declaración jurada online
-Realizar
un test en origen con 72 horas de anticipación (requisito del Gobierno
Nacional)
-Contar
con un seguro médico con cobertura para COVID-19
-Realizar
un test al arribo en Ezeiza o en la estación fluvial. Tras el testeo, los
turistas internacionales podrán continuar su viaje y no deberán esperar el
resultado en el aeropuerto. Los visitantes solo deberán aislarse en caso de dar
positivo o ser contacto estrecho
-El
test tendrá un valor de $2.500 para el turista internacional. En el caso de los
argentinos que regresen al país y tengan como destino a la Ciudad, el test será
cubierto por la cobertura médica que tenga cada uno
(CLICK).........Link de ACCESO a Declaración Jurada

Respecto
a la Declaración Jurada, los únicos ciudadanos exceptuados de realizarla de
manera electrónica son los mayores de 76 años, quien en ese caso son asistidos
por personal de la DNM para su presentación en los mencionados puntos de
ingreso al país.
El
no cumplimiento de los requisitos, además de la prohibición al ingreso a la
Argentina, prevé multas a las compañías aéreas y empresas que permitan el
tránsito de personas sin la documentación exigida.
Continúan
funcionando los protocolos sanitarios coordinados con el Ministerio de Salud
que garantizan el control de temperatura a través de las cámaras térmicas
Por
otra parte, tanto en la terminal aérea y fluvial, como en los ingresos
terrestre, continúan funcionando los protocolos sanitarios coordinados con el
Ministerio de Salud que garantizan el control de temperatura a través de las
cámaras térmicas desplegadas en esos lugares y las medidas de distanciamiento
social, tendientes a minimizar los riesgos de contagios.
Por
su parte, para las personas argentinas nativas o extranjeras residentes en
nuestro país que ingresen, además de completar la Declaración Jurada
electrónica donde consignan datos de salud para descartar síntomas compatibles
con COVID-19, también deben constar el domicilio donde realizarán la cuarentena
obligatoria.
Por
instrucción del Ministerio del Interior, este último dato es informado en tiempo
real por Migraciones a los gobiernos provinciales para que controlen el
efectivo cumplimiento de la medida de aislamiento.
(Fuente: Infobae)(en portada logo oficial de la DNM y en encabezamiento de columna, foto de su directora, Maria Carignano de argentina.gob.ar)