
A través del
decreto 426/2020 publicado este viernes en el Boletín Oficial, que lleva la forma
de todo el gabinete nacional, el Gobierno prorrogó hasta el 31 de mayo la
suspensión de cortes de servicio por falta de pago.
La medida
comprende a las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas
por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable,
las que "no podrían disponer la
suspensión o el corte de los respectivos servicios a las usuarias y a los
usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres (3) facturas
consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1 de
marzo de 2020".
Asimismo,
se dispuso que en la prórroga que "tratándose
de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo
radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedaban obligadas a
mantener un servicio reducido, conforme se estableciera en la reglamentación,
por un plazo de 180 días corridos".
Esto
incluye a quienes tengan celulares "prepagos"las empresas prestadoras deberán brindar un servicio reducido a aquellas
personas que no carguen sus teléfonos.
Lo
mismo cuenta para los "Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC)", para
continuar garantizando el acceso a los servicios de telecomunicaciones a los
usuarios, mediante una conectividad mínima con prestaciones reducidas.
(Fuente: minutouno.com)(imagen tapa: sites.google.com)