El ministerio
de Transporte de la Nación aumentó el límite de cantidad de personas que pueden
viajar en los servicios de transporte de larga distancia. El nuevo tope es de
un 80% de pasajeros, según la Resolución 289/2021, que salió publicada en el
Boletín Oficial.
"Los vehículos afectados a la
prestación de servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros que
respondan a las características técnicas de las categorías Común, Común con
Aire y Semi Cama deberán limitar su capacidad de ocupación al ochenta por
ciento (80%) de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo,
no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie", señaló la resolución que
lleva la firma del titular de Transporte, Alexis Guerrera.
En
la normativa se agregó que "las
unidades afectadas a los servicios de transporte automotor interurbano de
pasajeros correspondientes a las categorías Cama Ejecutivo y Cama Suite, podrán
tener plena ocupación de sus butacas, no admitiéndose en ningún caso pasajeros
de pie".

También
expresó que "en el transporte
ferroviario interurbano de pasajeros, deberá limitarse la capacidad de
ocupación al ochenta por ciento (80%) por cada coche en servicio", en
referencia a los trenes que salen y llegan a la Ciudad de Buenos Aires y, que en
todos los casos, “deberán extremarse las
medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los
vehículos".
En
los considerandos de la medida se hace mención a que el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 494/21 toma en cuenta en sus considerandos al "inmenso trabajo de fortalecimiento del
sistema de salud realizado desde marzo de 2020 y que continúa en la actualidad",
que "ha generado mejores
condiciones para la atención de cada persona que lo ha requerido”.

También
indicó que la medida tomada se basa en que se ha fortalecido "el sistema de salud" y pudo "dar respuesta", sin saturarse
y a que en la actualidad avanza el plan de vacunación en las 24 jurisdicciones
del país, con casi "el 80% de los
mayores de 18 años con al menos 1 dosis de vacuna contra el coronavirus y más
del 50% de los mayores de 60 años con 2 dosis de vacuna”.

(Foto: iProfesional)
Destacó
además que “la incidencia de casos dejó
de ser un indicador sensible de la situación sanitaria" y que la
alarma epidemiológica y sanitaria estará dada por la ocupación de camas totales
de terapia intensiva cuando sea superior al 80% y cuando la variación
porcentual del número de pacientes internados en UTI por Covid-19 de los
últimos 7 días, respecto de los 7 días anteriores, sea superior al 20%.
Además,
se detalló que en el caso de implementarse medidas ante situación de alarma
epidemiológica y sanitaria, serán "por
un período de tiempo corto y focalizadas”.
Fundamentó
la decisión en que “de acuerdo a la
situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede
evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”.
(Fuente: M1)