La Cámara de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de
Buenos Aires emitió un fallo con el que rechazó el recurso interpuesto por el
gobierno porteño contra el pronunciamiento del juez de grado que había
declarado la inconstitucionalidad de la norma.
Lo
reclamaban, tanto opositores políticos, como organizaciones sociales que pugnan
por un espacio verde y público ribereño.
“Nuestra Constitución es clara en
cuanto a la importancia que para ella poseen tal participación ciudadana, el
derecho al ambiente y, en particular, el acceso al río. Esta última referencia,
tan peculiar en una Carta Magna, habla a las claras del componente finalista
que debe guiar toda interpretación de decisiones que puedan afectar ese
acceso”,
sostuvieron los jueces Fernando Lima y Mariana Díaz en el fallo.

Tras
conocerse el fallo, la diputada nacional Gabriela Cerrutti, que es también una
de las impulsoras del amparo presentado contra la ley cuestionada, escribió en
su cuenta de Twitter: “El Río no se
Vende!!!! La Cámara volvió a darnos la razón, rechazó la apelación del gobierno
de Horacio Rodríguez Larreta y ratificó que es inconstitucional la ley por la
cual intentaron vender el predio de Costa Salguero para construir un barrio de
lujo”.
El
juez de primera instancia Leonardo Furchi había declarado la
inconstitucionalidad de la ley tras señalar que no se habían cumplido los
mecanismos legislativos establecidos para sancionar una norma del calibre de la
discutida ni se había respetado el proceso de audiencias públicas a las que el
Estado debe convocar obligatoriamente para estos casos.

(Imagen: Plataforma Arquitectura)
“Dicho llana y claramente, no se
discute aquí si el proyecto es bueno o malo, si es mejor hacer un parque o un
complejo de edificios (o todas las opciones intermedias entre ambos extremos).
No corresponde al Poder Judicial ingresar en ese tipo de asuntos, ni opinar en
abstracto, ni menos aún ´autorizar´ o no determinados avances. Lo que sí
corresponde, con tanta prudencia como –llegado el caso- claridad y vehemencia,
es hacer respetar los límites establecidos en la propia Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sostuvieron hoy los jueces del tribunal de apelaciones.
“Podrá estarse o no de acuerdo con
aquellas decisiones, pero lo cierto es que, para adoptarlas, hay que respetar
determinadas exigencias que en el caso no han sido cumplidas por la normativa
cuestionada”,
afirmaron los magistrados en el fallo al que tuvo acceso esta agencia.
Los
jueces Lima y Díaz señalaron que no puede “dejarse
pasar la afirmación de que esta sala estaría avasallando lo ya decidido por la
Legislatura, cuando justamente lo que ahora se discute es que no se cumplieron
los recaudos y pasos específicos para adoptar medidas como la aquí atacadas”.
(Fuente: Télam)