Tal como
había anticipado en su discurso de Apertura de las Sesiones Legislativas a
comienzos de mayo, este jueves 2 de junio, a través del Decreto 636/22, el Mandatario
provincial, Oscar Herrera Ahuad, puso en marcha el régimen de ventana
jubilatoria y moratoria previsional para los trabajadores de la Administración
pública provincial y municipal. En cada caso, estos instrumentos buscan
beneficiar a aquellos trabajadores en edad jubilatoria que no cuentan con los
años de aporte necesarios y, a aquellos, que cumplen con ambos requisitos para
acceder a un mejor haber.
🔹Moratoria
previsional
Está
orientada a aquellos trabajadores que tengan la edad para jubilarse (60 años en
el caso de las mujeres y 65 años para los hombres) y al menos 20 años de
aportes. Para compensar los años de servicio restantes para poder jubilarse
(bajo el régimen normal son necesarios 30 años como mínimo), los beneficiarios
de esta medida podrán acceder a una moratoria con el IPS Misiones. De esta
manera, podrán jubilarse de forma inmediata e ir pagando en cuotas la moratoria
a través de un descuento en el haber jubilatorio. Accediendo a esta
herramienta, percibirán el 75% de su haber neto del mes de mayo de 2022 más los
aumentos que se otorguen al momento de la jubilación (monto sobre el cual se
descontarán mensualmente los aportes y contribuciones de los años que le
faltan).
🔸Ventana
jubilatoria
Está
orientada a aquellas personas que tienen la edad requerida y también los años
de servicio correspondientes para poder jubilarse. En este caso, a diferencia
del régimen tradicional, quien opte por la ventana jubilatoria se jubilará con
el 75% del sueldo neto en actividad, que representaría una cifra mayor que si
se jubilara por el régimen tradicional, donde se calcula promediando los
haberes actualizados de los últimos diez años. Se tomarán como referencia los
haberes al mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de
la jubilación. La jubilación será del 75% si tiene 30 años de servicio, y se
suma un 1% más por cada año adicional (por ejemplo, con 37 años de servicio se
jubilará con el 82% del sueldo neto en actividad). En cada caso, el IPS le
presentará al interesado los haberes calculados por el régimen de la ventana o
el régimen normal para que opte por la opción más conveniente.
En
ambos casos queda excluido el personal de seguridad, que cuenta con su propio
régimen de retiro. Sí están incluidos los trabajadores de aquellos municipios
que se adhieran a esta medida conforme lo determine la reglamentación.